Nuestras pruebas de investigación privada en Mallorca

En Inquisitor Detectives, despacho de detectives privados en Mallorca, no entendemos una investigación como algo que se limita a observar lo que pasa y contarlo al final. Para nosotros, investigar es comprobar hechos, documentarlos con criterio y darles una forma clara para que el cliente pueda entender qué ha ocurrido y decidir con más seguridad.

Cuando hablamos de pruebas, no hablamos de intuiciones, de impresiones personales ni de versiones construidas para convencer a nadie. Hablamos de hechos que han sido observados y documentados durante el servicio, de seguimientos realizados, de actuaciones concretas y de elementos que permiten reflejar con claridad qué se ha comprobado realmente en la investigación. La Ley 5/2014, de Seguridad Privada, encaja esa función al situar la actividad del detective privado en la obtención y aportación de información y pruebas sobre hechos o conductas privadas por cuenta de terceros legitimados. Si quieres conocer quiénes estamos detrás de este trabajo, puedes verlo en quiénes somos.

El valor de una investigación está en lo que permite comprobar

En nuestro despacho no medimos una investigación por el movimiento que genera, sino por la claridad que aporta. Hay casos en los que una sospecha termina confirmándose y otros en los que no. Pero eso no es lo que marca si el trabajo ha sido útil o no.

Lo que marca el valor de una investigación bien planteada es que permita comprobar hechos, aclarar una situación y dejar una base objetiva sobre la que el cliente pueda decidir qué hacer.

A veces esa utilidad está en confirmar una duda. Otras veces, en descartarla. Y en muchas ocasiones, en saber si conviene seguir avanzando o no.

Investigar también es documentar

Para nosotros, investigar no es solo descubrir información. También es obtenerla, dejar constancia de ella y recoger de forma ordenada los hechos y actuaciones que se van produciendo durante el servicio.

Sin claridad, la información pierde valor

Un hecho observado sirve de poco si después no puede explicarse con claridad. Por eso damos tanta importancia no solo a lo que se comprueba, sino también a cómo queda recogido y a cómo puede entenderse después.

Qué pruebas aportamos en nuestra investigación privada

El resultado de una investigación no se apoya en una simple afirmación. Se apoya en documentación que guarda relación con los hechos observados y con el objeto concreto del encargo.

Según el caso, una investigación puede aportar vídeos, fotografías, comprobaciones documentales, documentación pública obtenida por vías legales y otros elementos que ayudan a dejar constancia clara de los hechos. La Ley de Enjuiciamiento Civil reconoce, entre otros medios de prueba, los documentos privados y los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen.

Los anexos forman parte del resultado

Para nosotros, las pruebas no son un añadido decorativo al informe. Son anexos que refuerzan, sitúan y ayudan a entender mejor los hechos documentados durante la investigación.

No se trata de acumular material, sino de aportar lo que realmente sirve

No tiene sentido reunir contenido sin criterio. Lo importante es incorporar aquello que de verdad ayuda a explicar, sostener y comprender el trabajo realizado.

Nuestro informe de investigación privada

El informe es la pieza central del resultado final. Es el documento en el que dejamos reflejado, de forma clara y ordenada, el trabajo desarrollado y los hechos observados durante la investigación.

No lo vemos como un simple trámite ni como un papel que se entrega por rutina. Un informe bien hecho tiene que permitir comprender qué se ha observado, cómo se ha desarrollado el servicio y qué utilidad puede tener ese trabajo en el caso concreto.

El resultado de una investigación no solo tiene que estar bien documentado. También tiene que responder a un criterio de objetividad e imparcialidad. Los hechos deben quedar reflejados con claridad, sin interpretaciones interesadas ni conclusiones forzadas, porque precisamente esa base objetiva es la que permite después una valoración técnica o jurídica igualmente seria.

Una exposición clara y comprensible de los hechos

La claridad importa. El resultado tiene que poder leerse sin confusión, con una secuencia lógica y con una relación coherente entre lo observado, lo documentado y el contexto en el que se produjo.

Coherencia entre actuación, observación y documentación

La fuerza del informe también depende de eso: de que exista una conexión clara entre el encargo, el trabajo desarrollado y la forma en que finalmente queda recogido.

Nuestro informe puede tener utilidad probatoria en sede judicial

Nuestros informes pueden ser admisibles en juicio conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil, siempre que la investigación se haya desarrollado dentro del marco legal y el resultado quede debidamente documentado. La LEC reconoce, entre otros medios de prueba, los documentos privados y los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, y la Ley 5/2014 define la actividad del detective privado como obtención y aportación de información y pruebas.

Esto significa que nuestro trabajo no se queda solo en una utilidad informativa. Cuando la investigación se ha llevado correctamente y el resultado está bien documentado, puede tener también una utilidad probatoria real.

La utilidad probatoria no depende solo del informe

También depende de cómo hemos trabajado, de la legalidad del modo en que se ha obtenido la información y de la forma en que el resultado queda documentado y presentado.

Documentar bien forma parte del propio trabajo

Por eso, para nosotros, la documentación no es algo que se añade al final. Forma parte de la propia investigación y del valor que puede tener después.

Como detectives privados habilitados, nuestro trabajo consiste en descubrir y presenciar hechos, dejar constancia de ellos en un informe y, cuando el procedimiento lo exige, ratificar en juicio lo que hemos observado durante la investigación y las actuaciones realizadas. 

Por eso, nuestra intervención no se limita a un documento escrito, sino que se apoya también en la percepción directa de los hechos y en la posibilidad de explicarlos y ratificarlos en sede judicial.

El detective privado no sustituye al perito, ni el perito al detective

En Inquisitor Detectives damos mucha importancia a no mezclar funciones, porque ahí suele haber bastante confusión.

Una cosa es investigar, descubrir, comprobar y documentar hechos. Otra distinta es valorarlos técnicamente desde conocimientos técnicos o especializados. La Ley 5/2014 nos sitúa en la obtención y aportación de información y pruebas sobre hechos o conductas concretas, mientras que la LEC reserva la prueba pericial a materias que requieren conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos.

Investigar hechos no corresponde al perito. La investigación privada es una función reservada al detective privado conforme a la Ley 5/2014. Si una supuesta valoración técnica se apoya en una investigación realizada por quien no está habilitado para ello, pueden surgir problemas de intrusismo en funciones reservadas y de validez probatoria de la prueba obtenida.

Nosotros aportamos hechos documentados

Nuestro trabajo no consiste en empujar una conclusión en la dirección que más convenga. Consiste en aportar una base objetiva, clara y bien documentada para que los hechos puedan valorarse con el rigor que corresponde.

El perito emite una valoración técnica

Cuando un asunto necesita una conclusión médica, técnica o especializada, entra en juego otra figura profesional. Ahí ya no se trata de descubrir hechos, sino de valorarlos desde un conocimiento específico.

No forzamos conclusiones

No nos corresponde decidir si existe fraude, culpabilidad o responsabilidad jurídica. Nosotros documentamos hechos. La valoración técnica corresponderá, en su caso, al perito. Y la decisión jurídica, a quien corresponda.

Un ejemplo real para entender la diferencia

Imagina a un trabajador de baja laboral por una lesión de espalda que, en teoría, le impide realizar esfuerzos físicos. La empresa sospecha que esa situación puede no ajustarse a la realidad y nos encarga una investigación.

Nuestro trabajo consiste en observar, descubrir y documentar hechos. Si durante el seguimiento comprobamos que esa persona acude de forma habitual al gimnasio, realiza ejercicios de fuerza con cargas elevadas, trabaja máquinas de espalda con peso importante y repite esa rutina de manera continuada, lo documentamos en vídeo, fotografías e informe.

Eso no significa que determinemos por nuestra cuenta si existe fraude ni que emitamos una conclusión médica. Nuestra función es aportar evidencias objetivas sobre una actividad observada.

Un médico puede haber certificado inicialmente una lesión o una limitación funcional a partir de la exploración clínica realizada en consulta. Pero esa valoración se produce en un momento concreto. Nuestra investigación, en cambio, aporta hechos documentados sobre cómo se comporta realmente esa persona fuera del entorno clínico, en distintos momentos, durante varios días y en situaciones observadas de forma continuada.

A partir de ahí, un perito médico puede valorar técnicamente si esos movimientos, cargas y esfuerzos resultan o no compatibles con la patología alegada. Y será después quien corresponda dentro del procedimiento quien valore el conjunto de la prueba y decida el alcance jurídico de esa situación.

El detective documenta la actividad. El perito la valora técnicamente. El juez decide su alcance jurídico.

Ratificación judicial cuando el caso lo requiere

En ocasiones, la utilidad de nuestro trabajo no termina con la entrega del informe. Cuando el procedimiento lo exige o cuando el contenido del informe necesita ser aclarado, comparecemos para ratificar el trabajo realizado.

Si el informe es impugnado o resulta necesario explicar su alcance en sede judicial, esa intervención permite exponer cómo se desarrolló la investigación, qué hechos fueron observados y de qué manera quedaron documentados. La LEC regula tanto la fuerza probatoria de los documentos privados como su posible impugnación, y también la declaración de testigos sobre hechos conocidos personalmente.

Ratificar no es rehacer el trabajo

Ratificar no consiste en reconstruir el servicio después ni en inventar una versión nueva de lo ocurrido. Consiste en confirmar y explicar el trabajo realizado.

La solidez empieza antes del juicio

Por eso la posible utilidad judicial de un informe no depende solo del momento en que se aporta, sino de cómo hemos trabajado desde el principio.

Un trabajo útil empieza por una investigación bien planteada

En Inquisitor Detectives no creemos en informes vacíos ni en resultados inflados. Creemos en un trabajo bien enfocado, correctamente documentado y útil para la finalidad real del caso.

Si el caso se desarrolla en Palma de Mallorca, puedes ver cómo trabajamos específicamente en la ciudad en nuestra página de detectives privados en Palma de Mallorca.